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Audiencia abordó reclamación de EBCO S.A. contra SMA por Norma de Emisión de Ruidos

Por: Equipo Digital 30 de Septiembre 2024
Fotografía: Contexto | Carolina Echagüe M.

En el año 2023, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) identificó un incumplimiento de la Norma de Emisión de Ruidos (NER) en la construcción del “Edificio Rozas”, perteneciente a EBCO S.A. en la ciudad de Concepción. Ante esta situación, la empresa presentó un Programa de Cumplimiento (PdC) en el marco de un procedimiento administrativo sancionador. Sin embargo, este programa fue rechazado por la SMA, lo que llevó a EBCO a interponer un recurso de reclamación de ilegalidad ante el Tercer Tribunal Ambiental.

En la audiencia telemática, llevada a cabo el 26 de septiembre, EBCO argumentó que las medidas incluidas en el PdC eran efectivas para mitigar las emisiones de ruido. La empresa destacó que los informes anexos al programa indicaban que las actividades de construcción no superaban el límite permitido de 60 decibeles, un aspecto que la SMA no consideró. Además, presentaron nuevos informes durante el proceso de reclamación, los cuales también sostenían que se cumplían las normativas de ruido, informó el sitio 3ta.cl.

La empresa solicitó al Tribunal que se declarara la ilegalidad de la resolución emitida por la SMA, pidiendo que se aprobara su Programa de Cumplimiento. Como alternativa, EBCO pidió que el procedimiento se retrocediera a una etapa anterior, permitiendo a la autoridad ambiental una nueva evaluación del caso.

Por su parte, la SMA argumentó que las acciones propuestas en el PdC no eran suficientes. En particular, la SMA cuestionó la efectividad de los biombos acústicos, señalando que sus dimensiones no eran adecuadas para mitigar el ruido de las fuentes en altura identificadas por la propia empresa. Esta crítica se extendió a las barreras flexibles, consideradas insuficientes para reducir el ruido de otras fuentes mencionadas en el PdC.

Asimismo, la SMA enfatizó que no era relevante discutir el contenido de los informes presentados, dado que las medidas propuestas eran inadecuadas. Además, indicó que los informes no habían sido elaborados por una entidad técnica competente en fiscalización ambiental, lo que afectaba su validez.

Finalmente, la causa fue dejada en acuerdo, y se designó a un ministro para la redacción de la sentencia. La decisión del tribunal será fundamental para determinar el futuro del proyecto y la conformidad con la normativa ambiental vigente.

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