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Conoce los beneficios que puedes recibir si te encuentras cesante

Por: Equipo Digital 13 de Marzo 2024
Fotografía: Contexto | Pexels

Marzo es un mes de grandes gastos: educación, permisos automovilísticos, cuotas, entre otros, son algunos de los pagos que los y las chilenas deben realizar.

De acuerdo a los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), el desempleo a nivel nacional alcanzó un 8,4% durante noviembre de 2023 y enero de 2024. Esto se traduce como un incremento de 0,4 puntos porcentuales en 12 meses.

Sin embargo, para quienes hayan perdido su trabajo y se encuentren cesantes, existen ciertos beneficios que se otorgan en la medida que se cumplan algunos requisitos. ¿Cuáles son éstos?

Seguro de Cesantía

De acuerdo a la información de ChileAtiende, este seguro está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y protege a todos los y las trabajadoras que cuenten con contrato indefinidoa plazo fijo y por obra o servicios. Esto siempre y cuando sean regidos por el Código del Trabajo.

Protege a quienes hayan quedado sin trabajo, ya sea por despido, renuncia o término de contrato y otorga prestaciones económicas, previsionales, de salud y social.

¿Cómo acceder a este beneficio?

Entre los requisitos solicitados se debe estar cesante y tener un mínimo de 10 cotizaciones (en caso de haber tenido contrato indefinido) o contar con, al menos, 5 cotizaciones (si contaba con contrato a plazo fijo o por obra).

La solicitud del Seguro de Cesantía se debe realiza en la sucursal virtual de la AFC o acudir de manera presencial a una de sus oficinas.

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Todos aquellos que no cuenten con recursos suficientes en la cuenta individual de cesantía al momento de quedar sin trabajo, como también quienes que hayan agotado su capital del Seguro de Cesantía, pueden optar a este beneficio (FCS).

Requisitos: 

  1. Al momento de realizar la solicitud se debe estar cesante.
  2. Tener 10 cotizaciones pagadas en el FCS en los 24 meses anteriores al despido. De estar en una zona decretada en Estado de Catástrofe, se solicita contar con 8 cotizaciones pagadas.
  3. Las últimas tres cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.
  4. El contrato de trabajo debe haber terminado por vencimiento del plazo convenido, conclusión de las labores o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, de fuerza mayor, establecimiento o servicio.
  5. Debe tener una cuenta activa en la Bolsa Nacional de Empleo.

Subsidio de Cesantía

En el caso de aquellas personas que no cumplan con los requisitos para recibir el Seguro de Cesantía, pueden optar por el Subsidio de Cesantía, que es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) y las cajas de compensación a las que estén adscritos.

Esta ayuda se entrega por un máximo de 360 días y otorga derechos a asistencia médica sin costo, recibir la Asignación Familiar y/o Maternal por las cargas familiares, además de la Asignación por Muerte.

El beneficio debe ser solicitado en la institución previsional que corresponda a los trabajadores, es decir, IPS o caja de compensación.

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