Servicio de Salud Concepción se prepara para implementar decreto en salud intercultural
08 de Febrero 2024 | Publicado por: Comunicado de Prensa
Con origen en el artículo 7 de la ley 20.584, conocida como “de derechos y deberes de los pacientes”, del año 2012, el 29 de diciembre de 2023 se publicó en el diario oficial el decreto que aprueba el reglamento sobre el derecho de las personas de pueblos indígenas a recibir una atención de salud con pertinencia cultural y el deber de los prestadores institucionales públicos de garantizar el acceso a este tipo de prestaciones.
En ese marco se realizó una visita al rehue de la machi Herminda Nahuelpi, ubicado en el sector Perales de la comuna de Los Ángeles, participando el jefe del Departamento de Participación Social de la Dirección del Servicio de Salud Concepción (SSC), José Miguel Ibar, en compañía de la encargada del Programa Especial de Salud y Pueblos Indígenas (Pespi) de la Red Asistencial, la trabajadora social, Lissette Villamán, y la enfermera referente del proceso quirúrgico del Departamento de Gestión Hospitalaria del SSC, Nicole Suckel.
“La machi nos expresó estar de acuerdo con todas estas políticas. Nos hizo algunos requerimientos adicionales, pequeños, muy modestos, pero que son muy importantes. Así que volvemos muy confiados en que vamos a seguir mejorando y ampliando nuestra relación con el mundo de la salud intercultural”, destacó el jefe de Participación Social del SSC, José Miguel Ibar.
Desde el 2014, cuando el Servicio de Salud Concepción puso en marcha el programa Pespi en la Red, cada año son más las personas pertenecientes a Pueblos Originarios como también usuarios y usuarias del sistema que demandan tratamiento con medicina ancestral mapuche, según explicó la encargada de la iniciativa, Lissette Villamán.
“El 2023 atendimos 45 personas nuevas a través de la Mesa de Salud Intercultural e incorporamos, aproximadamente, otros 80 usuarios derivados desde la comuna de Chiguayante (…) también hay que considerar que se siguen haciendo controles a beneficiarios antiguos”, detalló la profesional.
Respecto de la nueva normativa que rige el derecho de las personas de pueblos indígenas a recibir una atención de salud con pertinencia cultural, la ley establece obligaciones para los prestadores de salud públicos, e insta su aplicación a los prestadores privados, promoviendo el respeto de los derechos de este tipo de usuarios. Entre otros deberes, señala que se deberá contar con facilitadores interculturales, personas que sirven de nexo entre los sistemas de salud; deberá facilitarse el acceso a asistencia espiritual y religiosa propia de los pueblos; se deberán realizar adecuaciones espaciales en los establecimientos de salud, de modo que se consideren las particularidades culturales de los beneficiarios, entre otros aspectos.