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Municipio aclara que no puede querellarse contra chofer formalizado por homicidio

El abogado de la corporación edilicia señaló que por ley no existe forma para presentar una acción legal en el caso del choque ferroviario de Boca Sur, esto al no tener la calidad de víctima. El chofer del bus, único imputado en la causa, fue formalizado a casi 7 semanas de la tragedia.

Por: Pablo Carrasco 18 de Octubre 2023
Fotografía: Pablo Carrasco

El municipio de San Pedro de La Paz aclaró, este martes, que no puede presentar una querella contra el conductor del taxibus que el pasado 1 de septiembre colisionó con uno de los convoyes del servicio de Biotrén en el cruce ferroviario de Boca Sur, de esta comuna.

La razón es que la ley no le permite en este caso formar parte del proceso al no tener el municipio la calidad de víctima. En otras palabras, la municipalidad no tiene legitimidad activa para poder perseguir la responsabilidad penal del conductor.

Así lo explicó el abogado del municipio Guillermo Rioseco, quien sostuvo que en ningún caso la entidad está incumpliendo algún mandato legal, sino que simplemente no puede.

“La municipalidad no tiene la iniciativa o la capacidad legal para hacerlo porque no es víctima (…) Entonces, desde el punto de vista legal, no es llegar y decir me querello porque soy víctima, La municipalidad no es víctima”.

“Esto no es decir por qué la municipalidad no se ha querellado como si fuera una inacción o algo parecido y es porque en términos precisos legales, no le corresponde, no tiene la obligación de hacerlos”, precisó Rioseco.

Conflicto de interés

Consultado el abogado sobre qué ocurriría en el caso que un familiar o víctima de la colisión llegara hasta la casa edilicia para pedir apoyo legal y si ello abriría un conflicto de interés dado que el alcalde Javier Guíñez es también representante legal y propietario de un tercio de la Línea San Pedro del Mar, a la que le prestaba servicios el taxibus siniestrado, el abogado descartó que hubiese tal conflicto, porque en ningún caso la máxima autoridad comunal tiene alguna responsabilidad en los hechos y que sin problemas se entregaría la ayuda requerida.

“Aparentemente se genera un efecto óptico, por decirlo así, de que habría aparentemente un conflicto de interés, pero la pregunta que hay que hacerse es ¿Tiene el alcalde en este caso una responsabilidad penal en la materia? Ninguna, porque la conducta del chofer, a raíz de los videos que se vieron hoy día (martes) es absolutamente temeraria y criminal , que otro calificativo si no es ese, pero esa es una conducta personalísima de la que responde el conductor y nadie más que él” argumentó.

Esta ratificación de que el municipio de no poder presentar una acción legal y transformarse en interviniente en este caso, llega a una semana del que el propio alcalde señalara que se estaba analizando jurídicamente el tema, y que el municipio y que se adoptarían las medidas que correspondieran en función de ese análisis.

“Seguramente, durante los próximos días se va a dilucidar, porque lo que tenga que hacer el municipio lo va a hacer. No tenga la menor duda”, afirmaba Guíñez el pasado 11 de octubre.

Formalización de cargos

En tanto, tal como lo había anunciado semanas atrás, el Ministerio Público formalizó cargos contra el conductor del taxibus, siendo imputado por 7 delitos de homicidios, 9 delitos de lesiones simplemente graves, 1 delito de lesiones de mediana gravedad, 1 delito de lesiones leves, más el delito de daños. En total, 19 cargos. Por ello, el fiscal a cargo de la investigación Andrés Barahona pidió la prisión preventiva del chofer, la que fue concedida por la jueza Marianne Schuck.

“El tribunal ha compartido la hipótesis del Ministerio Público en cuanto a que se trataría de un dolo eventual. Es decir, que aquí hubo una intención de tomar un riesgo, asumiendo las consecuencias que podía significar ese riesgo de cruzar de esa manera”, aseveró el fiscal Andrés Barahona.

“Nuestra hipótesis es que en definitiva ya sea por ganar más boletos o llenarse más de pasajeros que otras micros, lo que quiso el bus es cruzar rápidamente para ganarle la posición al tren y esa intención de ganarle la posición al tren de esa manera, rompiendo una barrera de un cruce ferroviario claramente es una conducta que tiene un reproche penal mayor”, agregó el persecutor.

Respecto a la calificación jurídica de los hechos que le dio la Fiscalía, los abogados querellantes que representan a las familias y víctimas sobrevivientes sostuvieron que existe el espacio para ampliar las querellas y cambiar la figura de cuasidelitos por la que se presentaron y encuadrar la persecución penal en los mismos términos que lo realiza a contar de este martes la fiscalía local penquista.

El plazo de investigación se fijó en 6 meses y una vez que el conductor sea dado de alta desde el hospital traumatológico, será derivado al Complejo Penitenciario Biobío.

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