La iniciativa N° 10.583 busca garantizar autonomía institucional y financiamiento estatal adecuado.
La Red de Universidades Públicas no Estatales G9 ha manifestado en diversas instancias que el Proceso Constitucional actual representa una oportunidad para que el Estado asuma vigorosamente el resguardo de las universidades públicas –con independencia de la específica modalidad de provisión que ellas asuman- estatal o no estatal, garantizando la provisión y acceso a una educación superior equitativa, inclusiva, regional, pluralista y de excelencia.
Para ello es necesario garantizar la autonomía institucional y el financiamiento estatal adecuado. La educación superior como un derecho social, con acceso igualitario y de calidad, resulta imposible de garantizar sin el esencial reconocimiento constitucional de: 1) la actividad universitaria, 2) la autonomía institucional en todas sus dimensiones: académica, administrativa y económica y 3) un adecuado financiamiento estatal.
El Presidente de la Red G9 y Rector Universidad Católica de la Santísima Concepción, Dr. Cristhian Mellado, valoró el anteproyecto de texto constitucional desarrollado por la Comisión de Expertos y destacó que es necesario aprovechar la oportunidad de que una nueva Carta Fundamental reconozca el desarrollo histórico de la educación superior en Chile, así como el modelo de provisión mixta.
“La iniciativa popular de norma que hemos presentado como Red G9 busca garantizar una educación equitativa, inclusiva, pluralista y de excelencia, características distintivas de nuestro sistema de educación superior”, destacó el Rector Mellado.
La Autoridad Universitaria afirmó que también es muy relevante que la Carta Magna reconozca la autonomía de todas las instituciones en su dimensión académica, administrativa y económica, así como el adecuado financiamiento por parte del Estado, “que permitan que nuestras instituciones sigan formando personas de bien y generando investigación y conocimiento de calidad”.
La iniciativa N° 10.583 “Hacia el resguardo de un sistema de educación superior pluralista” considera un financiamiento estatal adecuado, en cuanto a que la redacción actual en el Anteproyecto deja mucho espacio a diversas interpretaciones en el futuro, es por eso que incorporan otros criterios complementarios. La Red G9 plantea que dicho financiamiento debe ir acompañado de una regulación que asegure el control del adecuado empleo de los recursos del Estado, conforme a estándares de equidad y transparencia. El objetivo es así poder brindar mayor claridad y equidad en la asignación de recursos entre el sector público y privado, asegurando que tanto las instituciones educativas del sector público como del sector privado tengan acceso a fondos de manera justa y proporcional, y con criterios de asignación que deben considerar las necesidades y características particulares de instituciones que son diversas.
👆 Hasta el 7 de julio se puede firmar por la iniciativa de norma N°10.583 presentada por la Red Universidades públicas no Estatales, G9.
Al votar, apoyarás un sistema de educación superior pluralista y de excelencia en el #ProcesoConstitucional. pic.twitter.com/yPgWWCyG1a
— Diario Concepción (@DiarioConce) July 6, 2023
Respecto al reconocimiento Constitucional de la Actividad Universitaria y de la Autonomía de las Universidades en todas sus dimensiones, las Universidades G9 consideran que debe reconocerse de modo inequívoco y explícito la autonomía de las universidades en todas sus dimensiones, (académica, administrativa y económica), para la realización de la misión de sus propios proyectos educativos. Con todo, esta autonomía está subordinada a la observancia de los estándares impuestos por el régimen público de la educación, debidamente conciliada con la libertad de la enseñanza, sin perjuicio del legítimo derecho del Estado de controlar el uso de los recursos públicos que aporte y a la calidad de la educación que se imparta. En nuestra tradición constitucional chilena, estas ideas no son inéditas, tal como lo demuestra la ley de reforma constitucional Nº 17.398 de 1971, mediante la cual se introdujeron diversas modificaciones al artículo 10 Nº 7 de la Constitución de 1925. En conclusión, para permitir el desarrollo de una educación superior pluralista y de excelencia sugerimos dotar a las universidades de reconocimiento constitucional y un financiamiento adecuado que esté acompañado de una regulación que asegure el uso adecuado de los recursos del Estado.
Para apoyar esta iniciativa, firma aquí.