Suprema ratifica que Carabineros del Bío Bío deben abstenerse de usar químicos

26 de Diciembre 2019 | Publicado por: Equipo Digital
Fotografía: Sebastián Brogca | Agencia UNO

La Corte Suprema confirmó la sentencia que ordenó a Carabineros de la Región del Bío Bío limitar el uso de productos químicos para restablecer el orden público. Esto, al acoger un recurso de amparo presentado por el Indh a favor de manifestantes que presentaron quemaduras.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia que ordenó a la policía abstenerse de emplear sustancias químicas, mientras no cuente con un procedimiento predeterminado y aprobado por la autoridad de salud pública, que garantice la vida y la salud de las personas.

Para los jueces, resulta evidente que la “mezcla de agua con gas lacrimógeno CS” que emplea Carabineros para dispersar las multitudes, carece de toda regulación. En efecto -señalaron los magistrados- se desconoce cuáles son los efectos que dicha mixtura provoca en las personas y se ignora cuál es la proporción que debe existir entre la sustancia y la cantidad de agua en que se disuelve.

Por otra parte, tampoco se encuentra establecido quién es el funcionario encargado de elaborar la mezcla, ni el grado de capacitación que posee, advierte la resolución judicial. “En pocas palabras no existe un procedimiento establecido para la confección de esta arma disuasiva, así como tampoco quién es el responsable de su elaboración”.

A juicio de la Corte Suprema, el proceder de Carabineros ha vulnerado la garantía constitucional sobre la libertad personal y la seguridad individual, en concordancia, además, con la Convención Interamericana de Derechos Humanos aprobada por Chile, donde se establece que “toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.”