Ciudad

Suprema ordena pago a familiares de víctimas del tsunami

Por: Carolina Abello 29 de Julio 2017
Fotografía: Archivo

La Corte Suprema rechazó recurso de casación y condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de cien millones de pesos a las hijas de víctima que falleció producto del tsunami que golpeó el puerto de Talcahuano, la madrugada del 27 de febrero de 2010.

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso presentado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que ordenó al fisco pagar cincuenta millones de pesos a cada una de las dos hijas de Juan de Dios Gutiérrez Rioseco, trabajador de Aduanas de Talcahuano que murió por asfixia por inmersión.

La sentencia del máximo tribunal del país confirmó la responsabilidad de la Oficina Nacional de Emergencias del Ministerio del Interior (Onemi) y del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (Shoa), por falta de servicio y el mal funcionamiento que tuvieron durante la catástrofe, descartando que la muerte de Gutiérrez Rioseco se produjera por un “suceso imprevisto o fortuito”.

Además, la sentencia considera que la Onemi y el Shoa incurrieron en falta de servicio al no informar oportunamente a la población de una alerta de tsunami y, posteriormente, levantarla a través de declaraciones a un  medio de comunicación local.

 

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