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Compin declaró inimputable a ex contadora del Sename

Por: Carolina Abello 05 de Julio 2017
Fotografía: Diario Concepción

La ex contadora del hogar de Lactantes Arrullo reconoció que usó ese dinero para jugar en el casino, por lo que enfrenta una querella del Consejo de Defensa del Estado.

Molestia hay en las asociaciones de funcionarios de Sename, tras conocerse que un informe de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), declarara inimputable en el sumario administrativo a Noemí Betanzo Otárola, la ex contadora del centro de Lactantes Arrullo de Sename, investigada por la Fiscalía contadora por supuestamente haberse apropiado de los dineros destinados a pago de proveedores, mediante el sistema de la “bicicleta”.

La ex encargada de presupuesto, junto a otras tres funcionarias del recinto, enfrentan esta investigación interna, pese a que Betanzo renunció a Sename en abril de este año. El documento la exculpa de responsabilidad por padecer una severa ludopatía, con gran descontrol de impulsos.
Según la querella presentada en su contra por el Consejo de Defensa del Estado, la mujer habría defraudado al Fisco en $40 millones, cifra que habría perdido jugando en el Casino.

Para Jessica Flores, ex directora regional del Sename, explicó que “aunque ella tenga una enfermedad de base, no la hace inimputable para cargos administrativos. Esto es impresentable, porque la inimputabilidad sólo se puede declarar en el Servicio Médico legal. Aquí están tapando este hecho gravísimo, y el Sename no tiene ninguna facultad para declarar a nadie imputable o no por una patología siquiátrica de base. Por lo tanto, aquí están ocultando algo grave, desde la directora nacional hacia abajo, porque nadie la supervisó. Entonces se corta el hilo por lo más delgado, y así no cae el resto”.

Robert Contreras, también ex director del servicio en la zona, y abogado, coincidió con Flores en cuanto a quien tiene que declarar la imputabilidad es el Servicio Médico Legal. “En este caso, se podría hacer valer quizás como un atenuante, pero al término del sumario, pero no declararla absuelta”.

En su paso por el Sename, le correspondió revisar sumarios, pero nadie que invocara un antecedente sicológico en sus descargos. Y agregó que el escenario es complejo, considerando que el caso puede llegar a una formalización, donde puede ser que ella no sea declarada inimputable, “entonces, ¿en qué pie quedaría el Sename? Es algo muy antojadizo y que se antepone a lo que está haciendo el Consejo de Defensa del Estado y el Ministerio Público”.

Gonzalo Carrasco, abogado y presidente regional de la Asociación de Funcionarios de Sename, aseguró que hay disconformidad en las otras funcionarias sumariadas, que ven con impotencia cómo la principal inculpada puede quedar libre de responsabilidad, mientras que ellas arriesgan perder su trabajo.

“Tomamos con sorpresa esta resolución. Ellas lo consideran injusto, porque el tema se están centrando en la falta de control, y no en la gravedad del comportamiento de la principal inculpada, porque cualquier mecanismo de control instalado cede ante la capacidad de engaño del otro. Ellas sienten que queda en la impunidad un acto tan grave como el que se cometió”.

Peritaje es legal

Mediante un comunicado, se informó que el seremi de Salud del Biobío, Mauricio Careaga, ordenó a primera hora de la mañana de ayer la revisión del proceso que concluyó con un peritaje psiquiátrico realizado por la Compin en el sumario ordenado por Sename en el caso de Noemí Betanzo. En ese contexto, se reunió con el presidente de la entidad, Diego Olivar, y solicitó la búsqueda de antecedentes de jurisprudencia al Departamento Jurídico a objeto de poder determinar los caminos oportunos para este caso.

En la resolución emanada de la entidad dependiente de la autoridad sanitaria, se señala que “al momento de la comisión de los hechos motivo de sumario, (la persona) no poseía juicio ni discernimiento como para imputarle responsabilidad sobre los hechos investigados, porque los procesos volitivos están claramente sobrepasados por el descontrol de impulsos”.

La jurisprudencia administrativa de Contraloría General de la República determina que, en el evento de que en un proceso sumarial se adviertan indicios de inimputabilidad de un inculpado, por su estado de salud mental, y que podría eximirlo de la responsabilidad administrativa, debe requerirse, antes de decidir aplicar una sanción, un informe de la respectiva Compin acerca de la condición de salud del sumariado durante la época en que se cometieron las faltas y la influencia que aquella haya tenido en su facultad de obrar libre y racionalmente.

En ese contexto, el objetivo del informe que emite dicha Comisión es señalar al fiscal instructor del proceso sumarial si a la fecha en que se efectuaron las transgresiones investigadas, el funcionario inculpado tenía juicio y discernimiento suficientes para imputarle responsabilidad administrativa, por lo cual no se advierte ninguna ilegalidad de la referida Comisión al colegir que el interesado es inimputable por los hechos materia del sumario.

El Seremi -agrega el comunicado- no tiene la atribución de invalidar la resolución emanada de Compin, porque no ha existido algún vicio sustantivo en el proceso administrativo; y sólo es posible determinar si corresponde o no un nuevo peritaje a la Superintendencia de Seguridad Social, si Sename lo solicitara.

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